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domingo, 28 abril, 2024
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Abogado Juan Garantón plantea negociar nuevos montos de tributos municipales

El jurista denunció que alcaldías y gobernaciones establecían la cuota que mejor le parecía por concepto de pago de tributos. Una sentencia del TSJ ordenó revisar y reestructurar los montos

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Caracas.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió, por unanimidad, suspender temporalmente el cobro de impuestos municipales y estadales a empresas nacionales. La medida estará vigente durante 90 días, lapso en el cual se debe conformar una mesa de trabajo con funcionarios de la administración de Nicolás Maduro y alcaldías y gobernaciones, con el propósito de llegar a un acuerdo en cuanto a la fijación de los montos de los tributos, los cuales fueron anclados al valor del dólar por varias entidades públicas.

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El abogado Juan Ernesto Garantón, que introdujo una demanda de nulidad ante el TSJ sobre un cobro de tributos anclados al dólar, que intentó imponer la Alcaldía de Chacao en 2018, conversó este jueves 9 de julio con El Pitazo sobre el motivo de su acción en 2019. Esta generó la revisión de toda la política tributaria de estados y municipalidades de Venezuela.

-¿En qué consiste esta suspensión de los impuestos municipales y estadales?

-Todo se origina con una demanda de movilidad con amparo cautelar que presenté hace un año ante el TSJ en contra de las ordenanzas que dictó el Concejo Municipal de Chacao, donde se establecía un cobro excesivo de tributos anclados al dólar, los cuales eran demasiado altos para los contribuyentes. La demanda se admitió en agosto de 2019.

-¿Cómo una demanda a una disposición de una entidad local se convirtió en una de alcance nacional?

-La Sala Constitucional extendió los efectos de esta demanda y amplío la medida cautelar dictada a nivel nacional, por cuanto pudo verificar la inexistencia de una norma que regule lo que es la armonía y la coordinación entre los municipios y las gobernaciones para la fijación de los montos de los impuestos. Con esta demanda se evidenció lo que está pasando a nivel nacional con los contribuyentes que se han visto afectados con el cobro excesivo de ciertos tributos. Cada alcaldía estaba estableciendo la cuota más conveniente, y eso no debe ser así.

-¿Se pueden regular las decisiones de los alcaldes o gobernadores en materia tributaria?

-La Sala Constitucional del TSJ ordenó la instalación una mesa técnica que será dirigida por el vicepresidente del Área Económica, Tarek El Aissami y será integrada por todos los alcaldes y gobernadores del país. Tendrán 90 días para estudiar la situación, realizar un informe y establecer un criterio de cobro de impuestos locales con base en el respeto a la Constitución. Desde el 7 de julio están suspendidos todos los instrumentos tributarios a nivel nacional, tanto de alcaldías como de gobernaciones y, en este tiempo, el contribuyente no tiene que pagar hasta que solvente la situación y se regule.

-Gremios empresariales como Conindustria habían solicitado la revisión de estos impuestos locales que deben pagarse así las empresas estén en una precaria situación económica… ¿Qué garantías hay que luego de las negociaciones se repitan los excesos denunciados?

-Los alcaldes, gobernadores y el vicepresidente del Área Económica deben establecer un lineamiento en donde no se cobren los impuestos de forma excesiva. El sistema tributario tiene que ser justo. No es posible que un pequeño comerciante quiebre si se insiste en cobrarle impuestos o tasas, si no tiene capacidad económica de pagarlos.

-¿El suspender el pago de algunos impuestos no supone una merma en los ingresos de las alcaldías y gobernaciones, cuyos titulares podrían alegar no tener recursos para ejecutar obras o pagar sueldos a sus empleados?

-En este caso, lo que se toca son los impuestos en materia estadal y municipal, no los impuestos nacionales como el IVA y el Islr. Si lo que se pretende cobrar con éstos es excesivo, no habrá forma de que lo recauden. No todas las empresas tendrán capacidad económica para pagar lo que se impone sin consenso.

-¿También están suspendidas las tasas municipales? ¿Cuál es la diferencia entre impuesto y tasa?

-Las tasas se cobran por servicios prestados, por ejemplo, lo que se debe pagar por la recolección del servicio de la recogida de la basura en los municipios. En estos casos había cobros excesivos. Hay contribuciones especiales, como por ejemplo si las autoridades locales hacen una acera o algún beneficio para algún pueblo en particular. En cambio, los impuestos se pagan dependiendo de la capacidad económica del comercio. Cuando uno lee la decisión del TSJ, los impuestos, tasas y contribuciones especiales se entiende deberían estar suspendidas.

¿Cuál es la propuesta de la revisión de estas disposiciones? ¿Qué pasa si alguien tiene una deuda fiscal con alcaldías y gobernaciones?

-Que exista una armonía y que la misma Constitución señala que exista un acuerdo y evitar cobros excesivos a los tributos cuando no corresponde, esto es el fin de todo esto. El que tenga una deuda pendiente puede esperar a que todo esto se solvente, porque una vez que se presente el informe dirá la Sala Constitucional si lo aprueba, si lo convalida y, a partir de ahí, se tendrá que hacer una recálculo. Sabemos que hay contribuyentes con grandes deudas que, en este caso, no deben pagarlas hasta que se definan los resultados de la mesa técnica.

¿Usted cree que en 90 días se puede llegar a esa armonía o podría prorrogarse?

-Dentro de estos 90 días, muy probablemente exista una solución; se buscará reunir a todos bajo la dirección del vicepresidente de Economía y se termine de solventar esta situación y estos excesos; es decir, poner orden en todo lo que venía pasando. Estos 90 días pueden ser prorrogables. Se tienen que unir los dos bandos, oposición y gobierno, para llegar a un consenso a favor de todos los contribuyentes.

¿Por qué el cobro de impuestos es en dólares cuando la moneda de curso legal en Venezuela son los bolívares?

-Los impuestos no deberían cobrarse en dólares. Cuando nosotros denunciamos lo que era el anclaje en dólares que propone la Alcaldía de Chacao se evidenció la contradicción, porque en la legislación del país se establece que la unidad monetaria es el bolívar. Supongamos que se decida cobrar en divisas. Los montos deben ser justos, idóneos y que se permita trabajar a los empresarios. La idea es que el comerciante genere ganancias y pague impuestos, sin necesidad de cerrar su negocio si los montos por cobrar son excesivos.

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