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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N° 1.950, dictado por el Presidente de la República, Nicolás Maduro, que establece el
Estado de Excepción en seis municipios del estado Táchira, fronterizos con Colombia.
El decreto,
publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria del 21 de agosto de 2015, establece el Estado de Excepción constitucional en los municipios Bolívar, Pedro María Ureña, Junín, Capacho Nuevo, Capacho Viejo y Rafael Urdaneta de la entidad andina.
La sentencia N° 1173, publicada este viernes en la página web del TSJ, indica que
el presidente Maduro atendió «una situación alarmante y grave, por distintos hechos ocurridos en los mencionados municipios, a fin de controlar eficazmente el flagelo del contrabando de extracción y las conductas delictivas que rompen el equilibrio del Derecho Internacional, la convivencia pública cotidiana y la paz, afectando el acceso a bienes y servicios destinados al pueblo venezolano, así como la situación respecto a la moneda venezolana en la frontera, lo que constituye un hecho público comunicacional».
Maduro ordenó el pasado jueves 20 de agosto el
cierre por 72 horas de la frontera con Colombia en el estado Táchira, debido al ataque del que fueron víctimas efectivos de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana por parte de grupos paramilitares que operan en la zona.
Desde la fecha, el Jefe de Estado ha enfatizado que
no autorizará la apertura de la frontera «hasta lograr el restablecimiento de la seguridad, la paz y los derechos sociales y económicos de los habitantes de la zona fronteriza». Por lo cual se declaró Estado de excepción constitucional en los municipios Bolívar, Junín, Pedro María Ureña, Capacho Viejo, Capacho Nuevo y Rafael Urdaneta de la entidad andina.
Este viernes, durante una concentración oficialista en Caracas en apoyo a las medidas en la frontera, el presidente Maduro anunció que la medida
se extendería a otros cuatro municipios: Lobatera, Ayacucho, García de Hevia y Panamericano.