El Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas sentenció a 13 años, 9 meses, 7 días y 12 horas de prisión al ciudadano Leopoldo López, por considerarlo responsable de la comisión de los delitos de determinador en el delito de incendio intencional (art. 343 del Código Penal), instigación pública (art. 285 del Código Penal), daños a la propiedad pública (arts. 473 y 474, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal), y asociación para delinquir (art. 37), en relación con el artículo 27 y con las agravantes del artículo 29, numerales 3 y 7 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; con ocasión a los hechos de violencia ocurridos en febrero de 2014.
La sentencia fue dictada por la jueza 28 de Juicio, Susana Barreiros.
López se encuentra privado de libertad desde el 18 de febrero de 2014 en la cárcel militar de Ramo Verde ubicada a las afueras de Caracas, acusado de incendio, daños, agavillamiento (asociación para delinquir) e instigación pública.
Este miércoles 9 de septiembre el partido político, Voluntad Popular, reveló imágenes inéditas que demostrarían que no existió incendio alguno en la sede principal de la Fiscalía General de la República el 12 de febrero de 2014. Esperaban que esto sustentara la inocencia del dirigente político frente a la acusación de determinador por el cual el Ministerio Público estableció la condena en su contra.
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