Sucesos

Comerciante es detenido por echarle agua caliente a una perra en Bello Monte

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Augusto Fonte De Oliveira fue detenido la mañana de este jueves 30 de julio por funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) luego de ser denunciado de maltratar a una de las perritas comunitarias que forma parte de la manada de la Cancha Acústica de Colinas de Bello Monte. Según el fiscal designado por la Asamblea Nacional Constituyente, Tarek William Saab, De Oliveira le lanzó agua caliente al animal para que se fuera de su panadería.

Vecinos de Colinas de Bello Monte comentaron a El Pitazo que la mañana de este miércoles 29 de julio, De Oliveira, quien es dueño de la panadería Colimar, ubicada dentro del minicentro Colina, avenida Caurimare, se percató que Beba, como le dicen al animal en la comunidad, se acostó en la entrada de su comercio. Para ahuyentarla fue por agua caliente y se la tiró encima y la lastimó.

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Residentes de la zona lo denunciaron ante redes sociales. Actualmente Beba se encuentra bajo el cuidado de una organización que protege a los animales en la ciudad.

La tarde de este 30 de julio, Tarek William Saab informó que el comerciante fue detenido y se encuentra a la orden del Ministerio Público para ser imputado por maltrato animal. Sin embargo, se conoció que el detenido, tras ser interrogado por las autoridades, aceptó que le echó agua a «Beba», pero que esta no cayó en su cuerpo.

Es de recordar que Saab ha explicado en otros casos de maltrato a perros y gatos que a quienes detengan por maltrato animal se les aplican las penas de la Ley Penal del Ambiente por ser más severas, pues el artículo 539 del Código Penal, dedicado al mal tratamiento a los animales los sanciona con penas muy bajas. Este artículo menciona que quien «cometa crueldades con los animales, los maltrate sin necesidad o los someta a trabajos manifiestamente excesivos, será penado con multa hasta por cien bolívares».

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En Venezuela hay otra ley que sanciona a quien maltraten animales. La Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio dice en su artículo 71 que el maltrato animal por motivos fútiles, aun cuando no se cause dolor es considerado una infracción leve, está es sancionado con multas que varían entre 20 unidades tributarias (UT) a 39 UT, según sea el caso.

En el caso de que sea un maltrato mayor se encuentra el artículo 72, cuyas multas van desde 40 UT a 70 UT. Entre ellas figuran: el maltrato animal doméstico que genere dolor independientemente de su tipo, los actos de crueldad por dolo o culpa y las prácticas de mutilaciones, entre otros.

Y para quienes cometan agresiones aún más graves, como la muerte, está el artículo 73, que sanciona con multas que van desde 71 UT a 100 UT.

Daisy Galaviz
Publicado por
Daisy Galaviz
Etiquetas: Maltrato Animal

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