[adinserter block="95"] [adinserter block="96"]
19.7 C
Caracas
jueves, 25 abril, 2024
[adinserter block="95"] [adinserter block="96"]

Medida de Cidh para hemofílicos puede abultar expediente de Maduro ante CPI

-

[adinserter block="18"]
[adinserter name="ADMANAGER | TOP 2"]

Caracas.- Una nueva prueba se podría sumar al expediente sobre la implicación del gobernante Nicolás Maduro en posibles crímenes de lesa humanidad. El pasado lunes 15 de julio la ONG Acción Solidaria recibió copia de una medida cautelar de protección que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) otorgó a 13 personas con hemofilia y otras coagulopatías.

Con la medida, que es la sexta que aprueba la Cidh para pacientes venezolanos afectados por la crisis de salud, se establecieron varios precedentes. Aparte del relacionado con la plena restitución del derecho a la salud en el país, la resolución puede servir como prueba en un futuro expediente ante la Corte Penal Internacional (CPI) sobre potenciales delitos de lesa humanidad cometidos por Maduro y los representantes de organismos del Estado con responsabilidades directas en el sector salud, explicó Natasha Saturno, representante legal de los beneficiarios ante la
Cidh.

“Esta resolución puede servir como prueba para completar un expediente individual contra los responsables, por acción u omisión, que ocuparon cargos en el tiempo en el que se fijó la medida. Es una piedra más en el camino para lograr la plena restitución del derecho a la vida y la salud en Venezuela”, destacó.


LEE TAMBIÉN: 
CIDH EXIGE ADOPTAR «MEDIDAS INMEDIATAS» QUE GARANTICEN VIDA E INTEGRIDAD DE DETENIDOS

[adinserter name="ADMANAGER | INREAD 1"]

Saturno detalló que este tipo de medidas cautelares es clave para sustentar cualquier investigación en la CPI, pues se documentan las vulneraciones en las que incurrió el Estado en un periodo específico y se pueden determinar responsabilidades, entre las que estarían las de los presidentes del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (Ivss).

“Estos documentos están estipulados en tiempo y espacio, pues señalan tácitamente a los responsables de promover un cambio para mejorar la situación de los afectados, como el presidente del Ivss o el ministro de Salud, implicados en posibles crímenes de lesa humanidad”, argumentó.

Garantía internacional

La abogada expuso que los beneficiarios de la medida pueden usar el documento de forma individual para pedir asilo o protección en países integrantes del sistema interamericano u otras naciones, con lo que se les debe garantizar un tratamiento especial en cuanto a su situación migratoria y el acceso al sistema de salud.

- Advertisement -[adinserter name="ADMANAGER | INREAD 2"]

“Estas resoluciones fijan medidas de protección internacional. Si dado el caso los beneficiarios deben salir del país, como muchos que han sido forzados a hacerlo por su condición, pueden solicitar una medida de protección a donde lleguen, por el grado de vulnerabilidad extremo en el que se encuentran,  presentando esta alerta internacional como sustento”, precisó.

Sobre la aplicabilidad inmediata de la medida, que significaría en lo inmediato la reanudación de la entrega de medicamentos e insumos para mejorar su padecimiento, la activista aclaró que esto depende de la voluntad del gobierno de Maduro.

“Esta resolución tiene la misma efectividad en términos de exigibilidad que tuvo la anterior. El Estado venezolano tiene la responsabilidad de cumplir; sin embargo, en lo dispuesto en la Convención de Ginebra, firmada por Venezuela, este tipo de resoluciones debe cumplirse de buena fe. No existen medidas coercitivas que obliguen a los gobiernos a cumplirlas”, señaló la también coordinadora de la unidad de exigibilidad de derecho de la citada ONG.

Antecedentes

Esta medida está precedida de otras cinco resueltas desde el año 2017. En todas se solicitó al Estado venezolano adoptar las medidas necesarias para proteger la salud, vida e integridad personal de los beneficiarios, que incluyen a pacientes del área de Nefrología del Hospital José Manuel de los Ríos en febrero de 2018; personas diagnosticadas con Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (Sida) en octubre de 2018; la Maternidad Concepción Palacios y pacientes con esclerosis múltiple y cáncer en marzo pasado .

Como antecedente directo está la resolución 37/2017, en la que se fijó la medida cautelar No. 309-17 del 8 de septiembre de 2017, en favor de Johonnys Armando Hernández, diagnosticado con Hemofilia tipo A, nivel severa, con deficiencia del factor VIII de la coagulación sanguínea, quien luego del dictamen de la Cidh recibió su tratamiento, que, no obstante, fue nuevamente suspendido a finales de 2018.

[adinserter block="19"]
[adinserter name="ADMANAGER | MIDDLE 1"]
[adinserter block="79"]
[adinserter name="ADMANAGER | MIDDLE 2"]
[adinserter name="ADMANAGER | TOP 3"]
[adinserter block="78"]
[adinserter name="ADMANAGER | MIDDLE 3"]
[adinserter name="ADMANAGER | TOP 4"]
[adinserter name="ADMANAGER | MIDDLE 1"]
[adinserter name="ADMANAGER | MIDDLE 2"]
[adinserter name="ADMANAGER | MIDDLE 4"]
Ayúdanos a cubrir todo el país
Hazte Superaliado/a