Caracas.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este jueves 14 de enero la constitucionalidad del Decreto N° 4.413, dictado por el mandatario Nicolás Maduro Moros, mediante el cual se declara el Estado de Excepción de Alarma en todo el Territorio Nacional.
El TSJ dio a conocer dicha información a través de su cuenta de Twitter @TSJ_Venezuela donde publicó el documento donde se explica que la medida se tomó «a fin de mitigar y erradicar los riesgos de epidemia relacionados con el coronavirus COVID-19, el cual fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.610 Extraordinario del 31 de diciembre de 2020, conforme lo prevé el artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela».
El texto que también fue publicado en el sitio web del TSJ, además señala que la sentencia N° 0002-2021 de la Sala Constitucional, en ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, que se declara que el referido decreto entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Con información del TSJ