La Sala Consitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad de los decretos 2.095, 2.096, 2.097 y 2.098, que establecen una prórroga de 60 días en los Estados de Excepción ordenados por el Ejecutivo en siete municipios de Zulia y tres de Apure.
Mediante las sentencias 1545, 1546, 1547 y 1548, publicadas este viernes, el máximo tribunal ratificó el apego legal del régimen especial dictaminado en los municipios Catatumbo, Jesús María Semprún, Colón, Machiques de Perijá, Rosario de Perijá, Jesús Enrique Lossada y La Cañada de Urdaneta, del estado Zulia; así como Páez, Rómulo Gallegos y Pedro Camejo, de Apure.
De acuerdo con la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción, una vez decretado un Estado de Excepción por el Ejecutivo –que lo establece inicialmente por 30 días y es prorrogable por otros 60, en caso de no resolverse completamente la situación que lo suscitó–, debe ser aprobado por la Asamblea Nacional y posteriormente referido al TSJ para que considere su constitucionalidad.
TSJ aprueba extender estado de excepción en 10 municipios de Apure y Zulia
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