Política

Alí Daniels: caso de Gilber Caro demuestra lo que significan los derechos humanos para Maduro

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Caracas.- Este sábado, 21 de diciembre, se cumplieron las primeras 24 horas desde que el Centro de Comunicaciones de la Asamblea Nacional y Voluntad Popular informaran sobre la desaparición de Gilber Caro, diputado y expreso político.

De acuerdo con la parlamentaria Adriana Pichardo, unos testigos aseguraron que hombres sin identificación, vestidos de negro y armados, interceptaron y detuvieron al diputado Gilber Caro y a su asistente, Víctor Ugas, mientras caminaban cerca de la avenida Páez de El Paraíso.

Alí Daniel, abogado y director de Acceso a la Justicia, explicó en entrevista con El Pitazo que la tercera detención de Caro se trata de una desaparición forzada porque no se sabe dónde está, ni quién lo detuvo; tampoco ha tenido acceso a su equipo de defensa ni familiares. “Con Gilber, las violaciones de derechos son tantas que realmente es un ejemplo de lo que significan los derechos humanos para este gobierno”, expresó.

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Explicó que no importa si han pasado 2, 3 o 24 horas, cuando una persona es detenida por otras no identificadas que, generalmente, parecen ser funcionarios del Estado y, además, no se informa acerca de su paradero, se trata de una desaparición forzada, delito penado por el artículo 45 de la Constitución que reza: “Se prohíbe a la autoridad pública, sea civil o militar, aun en estado de emergencia, excepción o restricción de garantías, practicar, permitir o tolerar la desaparición forzada de personas”.

Para Daniels, el caso de Gilber Caro responde a un patrón del gobierno de Nicolás Maduro que consiste en la persecución por aparente razones políticas. Insiste en que no es un hecho aislado, sino que las violaciones de derechos son sistemáticas, como si se tratara de una política de Estado.

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La desaparición también infringe el artículo 44, que determina: “Toda persona detenida tiene derecho a comunicarse de inmediato con sus familiares, abogado o persona de su confianza, y estos, a su vez, tienen el derecho a ser informados del lugar donde se encuentra la persona detenida (…)”. A un día de la detención de Caro, ni su mamá, ni su hermana, ni sus compañeros de Voluntad Popular saben dónde está.

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Costo internacional a largo plazo

El artículo 45 de la Constitución también establece: “Los autores o autoras intelectuales y materiales, cómplices y encubridores o encubridoras del delito de desaparición forzada de personas, así como la tentativa de comisión del mismo, serán sancionados de conformidad con la ley”.

Además, la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, en el artículo 5 fija que: “La práctica generalizada o sistemática de la desaparición forzada constituye un crimen de lesa humanidad tal como está definido en el derecho internacional aplicable y entraña las consecuencias previstas por el derecho internacional aplicable”.

Daniels precisó que el hecho de que la Unión Interparlamentaria (UIP) y la organización Human Right Watch se hayan pronunciado al respecto y se hable internacionalmente de desaparición forzada se convierte en un registro que, a largo plazo, servirá para juzgar a los responsables, en este caso, el gobierno de Nicolás Maduro.

“A medida que la comunidad internacional diga que se violan de forma sistemática los derechos humanos, los funcionarios responsables pueden ser castigados cuando haya Estado de Derecho”, refirió.

María Jesús Vallejo
Publicado por
María Jesús Vallejo

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