EL PODER EN ESTE PAÍS
En los mercados de valores venezolanos se sumó a la pizarra de cotizaciones de la Bolsa de Valores de Caracas las acciones de la institución financiera Bancamiga, fundada en 2016. Es un banco de gran éxito en los últimos años y que brinda diversas soluciones financieras a personas naturales y jurídicas en el país.
Igualmente, continúa la emisión de papeles comerciales, instrumento de crédito de corto plazo que se está emitiendo en Venezuela en promedio con una madurez que va de los 90 a los 120 días. Las emisiones más recientes han sido las de Coca Cola Femsa de Venezuela, Caja Caracas Casa de Bolsa, Alimentos FM o Dayco Telecom.
Como explicábamos previamente en nuestro artículo anterior, un actor importante en el mercado nacional es una caja de valores. Pueden ser depositantes en la caja de valores la República de Venezuela, estados y municipios, el Banco Central de Venezuela, Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria, corredores públicos de títulos valores, casas de bolsas y sociedades de corretaje, bolsas de valores, bancos e instituciones financieras, empresas de seguros y de reaseguros, entidades de inversión colectiva y sus sociedades administradoras, cajas de ahorro, asociaciones cooperativas y fondos de pensiones, entidades emisoras de valores y personas naturales o jurídicas.
Es relevante mencionar que todos los depositantes son responsables de la autenticidad de los valores depositados por ellos en las cajas de valores, y estas emitirán constancias no negociables por estos valores depositados. Estas entidades están habilitadas por ley a brindar estos servicios de depósito directamente, pero en lo concerniente a la custodia, las cajas de valores podrán subcontratar dichos servicios con bancos o instituciones financieras.
En las cajas de valores, el contrato de depósito de valores deberá constar por escrito y debe tener elementos, como por ejemplo, en los casos de títulos al portador, con entrega material de estos a la caja de valores por los respectivos depositantes; en casos de títulos a la orden, mediante el endoso en administración en favor de la caja de valores efectuado en los respectivos títulos; o en el caso de títulos nominativos, mediante cesión en favor de la caja de valores, efectuada en los respectivos títulos y en los correspondientes libros de la entidad emisora.
Las cajas de valores deberán administrar los valores depositados en los términos y condiciones estipulados en los respectivos contratos de depósito. En estos podrá facultarse a las cajas de valores para hacer efectivos los derechos patrimoniales que deriven de ellos, como por ejemplo, el cobro de principal, intereses, dividendos u otros. Es de destacar que las cajas de valores no podrán asistir ni representar a ninguna persona en las asambleas de accionistas, obligacionistas o inversionistas relacionados con los valores depositados.
Las cajas de valores cumplirán con su obligación de restituir al depositante o al titular de la subcuenta los valores depositados, entregando valores del mismo emisor, de la misma especie y calidad, y que otorguen los mismos derechos dentro de su clase, y deber abrir en sus registros cuentas separadas para cada depositante.
Las cajas de valores suministrarán un estado de cuenta a cada depositante y al tercero titular de la subcuenta, por medio de mecanismos electrónicos o en forma escrita y con la periodicidad que establezca la Superintendencia Nacional de Valores (Sunaval). Cuando un depositante o tercero titular de la subcuenta tenga objeciones sobre el estado de cuenta que presenta en la caja de valores respectiva, debe remitirse por escrito a la institución con la finalidad de hacer las correcciones pertinentes.
Sobre la sostenibilidad de las cajas de valores, estas no pueden asumir endeudamientos mayores de 80% de su capital social pagado y reservas, ni otorgar créditos, fianzas, avales o garantías personales, ni constituir garantías reales sobre sus bienes propios, a menos que cuente con la autorización de su asamblea de accionistas y, por supuesto, la opinión favorable del ente regulador, la Superintendencia Nacional de Valores (Sunaval).
En el caso adverso sobre una liquidación o quiebra de una caja de valores, el superintendente de valores, máxima autoridad en el mercado de valores, ejercerá las funciones que el Código de Comercio atribuye a liquidadores y síndicos. A su vez, el ente regulador adoptará todas las medidas necesarias en resguardo y salvaguarda de los derechos e intereses de los depositantes o terceros titulares en dicha caja de valores.
ROGELIO GUEVARA CANTILLO | @Rogeliogcmundo
Analista del poder y economía en Latinoamérica.
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