Mérida.- Las seis personas detenidas el pasado 16 de abril en Mérida por presuntamente hacer fotos y videos pornográficos en sitios públicos, fueron liberadas con medidas cautelares este martes 20 de abril. La boleta de libertad, a la que tuvo acceso El Pitazo, fue expedida por el Tribunal Segundo Penal Municipal de Primera Instancia del estado Mérida, y en la misma se señala la presunta comisión del delito de “ultraje al pudor”, establecido en el artículo 381 del Código Penal.
En la minuta oficial sobre la detención, emitida por la Región Estratégica de Defensa Integral Policial Los Andes (Redip) del estado Mérida, se indicaba que los detenidos se dedicaban «a realizar filmaciones y fotografías pornografía (sic) en sitios públicos y en las zonas verdes del Conjunto Residencial el Rodeo, de esta ciudad, comprometiendo la moral y las buenas costumbres de niños, niñas y adolescentes y la ciudadanía en general utilizando para su difusión la red social Twitter e Instagram».
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Una fuente judicial, que pidió resguardar su identidad, informó a El Pitazo que el 20 de abril se realizó la audiencia de presentación de los detenidos, cuatro hombres y dos mujeres. Todos fueron puestos en libertad condicional, mediante medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad.
La fuente detalló que luego de revisar los tres celulares y la computadora incautados el día de la detención, propiedad de los detenidos, el Tribunal encontró que no había fotos ni videos pornográficos, pero sí material gráfico y audiovisual de desnudos y semidesnudos registrado en sitios públicos y en las áreas verdes del conjunto residencial referido en la minuta policial, donde fueron arrestados los implicados.
Mérida | Seis detenidos por hacer fotos y videos pornográficos en sitios públicos
Las fotografías y los videos que mostraban a las dos mujeres desnudas o semidesnudas circularon por grupos de WhatsApp y redes sociales, así como por la plataforma Only Fans, un servicio de suscripción de contenido para adultos.
El artículo 381 del Código Penal venezolano establece: «Todo individuo que, fuera de los casos indicados en los artículos precedentes, haya ultrajado el pudor y las buenas costumbres por actos cometidos en lugar público o expuesto a la vista del público será castigado con prisión de tres a quince meses”.
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