Bogotá, 13 may (EFE).- La Corte Suprema de Justicia de Colombia avaló la extradición del disidente de la extinta guerrilla de las Farc Seuxis Paucias Hernández Solarte, alias «Jesús Santrich», que está solicitado por el Gobierno de EE.UU. acusado por narcotráfico, informó este jueves el alto tribunal.
La Sala de Casación Penal determinó la «procedencia de la entrega del desertor armado del Acuerdo para la Paz firmado por el Gobierno Nacional con las Farc, porque, entre otras razones, las conductas de concierto para delinquir y tráfico de estupefacientes que le son imputadas en el extranjero carecen de connotación política», informó la Corte en un comunicado.
El exjefe guerrillero, que negoció el acuerdo de paz entre las Farc y el Gobierno en 2016, es requerido por los supuestos delitos de concierto para delinquir agravado y tráfico de estupefacientes que, según la acusación de la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, habría cometido entre junio de 2017 y abril de 2018.
Santrich fue detenido en Bogotá el 9 de abril de 2018 por la Fiscalía colombiana acatando un pedido de extradición del Departamento de Justicia de Estados Unidos que lo acusa de narcotráfico.
Tras un tire y afloje de la Justicia colombiana, Santrich quedó finalmente libre y el 11 de junio de 2019 asumió el escaño en la Cámara de Representantes para el que fue designado por el partido Farc, ahora llamado Comunes y que surgió de la desmovilización de la guerrilla.
A pesar de ello dejó plantados a los escoltas de su esquema de seguridad el 29 de junio de ese año, anunció que volvía a las armas y pasó a la clandestinidad.
Según el pronunciamiento, la circunstancia de no encontrarse privado de la libertad, por decisión que en su momento adoptó la Sala de Revisión de la Justicia Especial para la Paz (JEP), «no inhibe a la Corte de conceptuar favorablemente, pues en el caso de los ciudadanos de nuestro país se presume su permanencia en suelo colombiano».
La información añade que para la Corte, en el caso de Santrich «no opera la prohibición de extraditar» a exintegrantes de la desmovilizada guerrilla de las Farc por cuenta del proceso de paz firmado entre el Gobierno colombiano en 2016 con ese grupo alzado en armas.
Recuerda, además, que la JEP lo declaró como «desertor armado manifiesto del proceso de paz. Esto lo llevó a perder cualquier beneficio de la justicia transicional».
Igualmente, la Corte advierte que de «capturarse nuevamente, ya se contará con el concepto de extradición por parte de esta Corporación, quedando entonces supeditada la utilización del mismo al momento en que sea aprehendido nuevamente en territorio nacional».
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