Economía

¿Se aplica el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras a la compra de inmuebles?

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Caracas.- La aprobación en segunda discusión por parte de la Asamblea Nacional electa en 2020 de la reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, el pasado 3 de febrero, se suma a una reciente actualización de las tarifas para trámites en registros y notarías, las cuales ahora quedaron ancladas al petro. Ambas medidas dejaron dudas con relación a las tasas e impuestos que debe realizar una persona en operaciones de compra y venta de bienes inmuebles.

El abogado y especialista en materia tributaria, Daniel Betancourt, aclaró recientemente a El Pitazo los casos en los cuales se aplicarían los tributos establecidos en la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, de acuerdo con el último proyecto que se conoce sobre el referido instrumento legal, pues indicó que es necesario esperar la publicación en Gaceta Oficial para conocer los detalles del texto legal.

El experto, que es miembro de la firma Palacios, Torres y Korody y profesor de la Universidad Católica Andrés Bello (Ucab), aseguró que si la venta es entre personas naturales no se aplica este tributo, porque el impuesto solo se genera si hay un flujo económico en el sistema financiero nacional de dólar contra dólar o si se hace un pago a un sujeto pasivo especial. “Yo me preocuparía más por la tasa que va a generar el Saren”, expresó el abogado.

CLAVES | 11 preguntas y respuestas sobre el impuesto a pagos en dólares

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En ese sentido, el equipo de El Pitazo consultó al abogado Hedar De Sousa, quien explicó que en un procedimiento de venta de un inmueble es necesario pagar los impuestos municipales, como derecho de frente, tener al día los pagos de servicios básicos (energía eléctrica, agua, gas, aseo) y la cédula catastral.

Con la documentación al día es posible elaborar el documento de venta del inmueble, el cual debe ser presentado en el registro público correspondiente para la elaboración del cálculo de la tarifa. De Sousa indicó que el monto del impuesto que debe cancelarse por derecho a registro varía según la zona y los metros del inmueble, pero aseguró que en algunos casos puede superar los 20.000 dólares en zonas del este de Caracas.

Con relación a los pagos de arrendamientos, Betancourt aclaró que el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras se genera solo si el arrendador es un sujeto pasivo especial, pero no cuando el contrato se realiza entre personas naturales.

Kemberlyn Talero
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Kemberlyn Talero

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