Caracas.- El Banco Central de Venezuela (BCV) hizo pública una circular referente a las operaciones cambiarias en efectivo a través del Sistema de Mercado Cambiario destinado a bancos universales y microfinancieros.
En el comunicado expuesto en su página web, le informa a las entidades bancarias autorizadas a actuar como operadores cambiarios que no pueden vender las divisas en efectivo que provengan de sus operaciones en mesas de cambio o las que hayan sido autorizadas para ser desacumuladas de sus operaciones regulares desde el menudeo a un tipo de cambio superior al fijado en la intervención cambiaria del ente emisor en la semana respectiva.
Teniendo en cuenta esta información, el BCV pide a los operadores bancarios informar a sus clientes «a través de cualquier medio de comunicación y de las plataformas digitales de las cuales dispongan … los procedimientos y los requisitos que deben cumplir para la realización de las compras en moneda extranjera por intervención cambiaria, así como las oficinas dispuestas a tales fines».
También advierte a los operadores cambiarios que los que incumplan la normativa serán sancionados administrativamente conforme a lo dispuesto en el artículo 135 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Banco Central de Venezuela.
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